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Oficial: El juez de competición confirma la eliminación del Real Madrid

Fuente : Mundo Deportivo

Francisco Rubio, Juez Único de Competición de la Federación, ha desestimado las alegaciones presentadas por el Real Madrid y ha sancionado al conjunto blanco con su eliminación de la Copa del Rey. De esta manera ha dado por buena la denuncia presentada por el Cádiz por alineación indebida de Denis Cheryshev en el partido de ida de los 1/16 de final del torneo del KO, disputado el miércoles en el Ramón de Carranza. El jugador ruso del Real Madrid arrastraba un partido de sanción por acumulación de amonestaciones en la Copa de la pasada temporada, cuando militaba en el Villarreal.


El Real Madrid se aferró al artículo 41 del Código Disciplinario de la RFEF para defender su inocencia en este caso. Según dicho artículo, de acuerdo a la versión del club blanco, una sanción no es efectiva hasta que no se comunica personalmente al futbolista afectado. Y Florentino Pérez aseguró el jueves, en rueda de prensa, que nadie de la Federación había comunicado, ni al propio Cheryshev ni al Real Madrid, la sanción por un partido.
El Real Madrid, según adelantó también el propio presidente blanco en la citada rueda de prensa, recurrirá la sanción ante el Comité de Apelación. Y si la sentencia de dicho organismo fuera contraria a sus intereses, los servicios jurídicos blancos, por orden expresa de Florentino, elevarán el correspondiente recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte, último organismo deportivo del ordenamiento jurídico español ante el que pueden recurrir.
La resolución
La que sigue es la resolución adoptada por el Juez de Competición de la RFEF:
“Declarar la existencia de alineación indebida del jugador del Real Madrid C.F. Don Cheryshev Denis, en el encuentro disputado el 2 de diciembre de 2015 entre el Cádiz C.F., SAD y dicha entidad denunciada, dando el partido por perdido al Real Madrid CF y por resuelta la eliminatoria de diecisesisavos de final del Campeonato de España/Copa de S.: el Rey a favor del Cádiz, C.F., SAD, con una multa accesoria al club infractor en cuantía de 6.0001 euros, ello en aplicación del artículo 76, apartados 1 y 2.a), del Código Disciplinario de la RFEF.
El partido en cuestión se computará para el cumplimiento de la sanción impuesta al jugador Don Denis Cheryshev, que intervino indebidamente (artículo 76.3)”.